Ayuntamiento de Moncada
Ayuntamiento de Moncada
Transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación será necesaria la renovación de la misma en los siguientes supuestos:
a) Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
b) Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.
Para todas las edificaciones existentes, ya sea en su totalidad o en las partes susceptibles de uso individualizado, la licencia municipal de ocupación tiene por objeto comprobar la adecuación de las mismas a la normativa de aplicación, en función del uso y características de los edificios.
Documentación acreditativa del solicitante (DNI, NIF, CIF, poderes de representación, escrituras, etc.).
Carta de pago de autoliquidación de tasas e impuestos municipales.
Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del periodo anterior a la fecha de la solicitud.
Copia de la Escritura, en la que deberá hallarse descrita la vivienda o local objeto de la licencia.
Copia de los últimos recibos de agua y electricidad abonados anteriores a la solicitud.
Certificado firmado por facultativo competente. Dicho documento certificará que el edificio, o en su caso la parte del mismo susceptible de uso individualizado, se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia de ocupación, para lo que se adjunta copia de la misma.
Se ajusta a las condiciones exigibles para el uso a que se destina.
Sobre el vertido de aguas residuales domésticas:
1. Existe red de alcantarillado:
Certificado firmado por técnico competente sobre la existencia de acometida a la red de alcantarillado y su estado de conservación y servicio.
2. No existe red de alcantarillado:
Departamento de Urbanismo
Alcaldía
Será exigible la obtención de la licencia municipal de ocupación una vez concluidas las obras
comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de
Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
Transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación será necesaria
la renovación de la misma en los siguientes supuestos:
Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.
En los casos de edificaciones existentes, ya sea en su totalidad o en alguna de sus partes
susceptibles de uso individualizado, que no dispusieran con anterioridad de la licencia municipal
de ocupación, siempre será necesaria la obtención de la misma en los supuestos señalados en los
apartados a y b del punto anterior.
Siempre que se ejecuten obras de las comprendidas en los apartados b y c del artículo 22 de
la LOFCE o se produzca una alteración del uso de la edificación, será preceptiva la obtención de la
licencia de ocupación, con independencia del tiempo transcurrido desde la obtención de la anterior
en su caso.
En el caso de viviendas protegidas de nueva construcción, la cédula de calificación
definitiva sustituirá a la licencia de ocupación cuando se trate de la primera transmisión de la
vivienda.
En segunda o posteriores transmisiones de viviendas con protección pública, se estará a lo
establecido en los apartados anteriores de este artículo.
Información teléfonica sobre el trámite en el siguiente horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, los lunes y jueves también en horario de tarde de 17:00 a 19:00 horas. Del 15 de junio al 15 de septiembre, de 9:00 a 14:00 horas.
Presentación de una solicitud general en la Oficina de Atención al Ciudadano o en cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dirección donde realizar el trámite: Oficina de Atención al Ciudadano C/Mayor, 63. C.P: 46113. Moncada (Valencia)
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, los lunes y jueves también en horario de tarde de 17:00 a 19:00 horas. Del 15 de junio al 15 de septiembre, de 9:00 a 14:00 horas.
Ayuntamiento de Moncada C/Major, 46113 Moncada - Comunidad Valenciana