Ayuntamiento de Moncada
Ayuntamiento de Moncada
- Vados permanentes, sin discriminación horaria, autorizando su uso las 24 horas del día, todos los días del año.
* Para las autorizaciones para la concesión de los vados permanentes, se atenderá a lo establecido en la correspondiente Ordenanza Municipal Reguladora de Vados.
Fotocopia del D.N.I. del solicitanteJustificante pago de la Tasa de utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local por la entrada de vehículos a través de las aceras, que tendrá carácter provisional.Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (I.B.I) con referencia catastral, o en su caso, la justificación de haber presentado el modelo de alta correspondiente (Mod. 902-N o documento de declaración catastral que lo sustituya) ante el Centro de Gestión Catastral.Documento acreditativo de la propiedad del inmueble o del contrato de alquiler del mismo (En caso que no se corresponda el titular de la solicitud con el titular del recibo de IBI)Documentación gráfica a escala 1/50 ó 1/100 en la que se represente:
Planta acotada con la superficie del local, señalando y acotando los anchos de aceras, calzada y ancho total de la calle. Plano de situación sobre el catastral o sobre el Plan General de Ordenación Urbana de Moncada. Determinación, en su caso, de los elementos ornamentales, arbolado o de mobiliarios urbano que pudiesen verse afectadosFotografía de la puerta de acceso al local, o del lugar donde se quiera instalar el vado.Fotocopia de la licencia de primera ocupación, para edificios o viviendas de reciente construcción.En su caso, fotocopia de la licencia de actividad o instalación, por lo que respecta a actividades mercantiles, industriales, comerciales o de servicios, en la que se contemple expresamente la reserva de estacionamiento y fotocopia del Impuesto de Actividades económica correspondiente a dicho local.Declaración responsable en la que se especifique que el local cuenta con las características constructivas que se citan a continuación y que poseen los medios de extinción de incendios, ventilación e iluminación que se relacionan a continuación, o en su caso podrá sustituirse por un Certificado Técnico en el que se recoja el cumplimiento de todos y cada uno de los requerimientos especificados:
Un extintor de eficacia mínima 21ª 113B Si existe puerta de acceso a la vivienda, ha de ser tipo EI2 45-C5n, que equivale a una Resistencia al Fuego de 45 minutos. El tabique de separación con el resto de la vivienda estará construido como mínimo, con una fábrica de ladrillo hueco del 11 con enfoscado de cemento por ambos lados. Forjado superior e inferior del local de canto mínimo 250 mm, revestidos tanto en la cara inferior como en la superior de capa de mortero de cemento de 15 mm. De espesor, o de yeso de 10mm. De espesor. Una luminaria de emergencia y señalización en la puerta de salida del local del garaje. El local contará con dos aberturas de ventilación, cada una equivalente a 50 x 50 cm. Y que comuniquen directamente con el exterior, una se situará en la parte inferior del cerramiento o puerta y la otra abertura se ha de situar en la parte superior del mismo cerramiento y separadas ambas verticalmente por una distancia de 1’5 m. como mínimo.
Fotocopia del D.N.I. del solicitanteJustificante pago de la Tasa de utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local por la entrada de vehículos a través de las aceras, que tendrá carácter provisional.Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (I.B.I) con referencia catastral, o en su caso, la justificación de haber presentado el modelo de alta correspondiente (Mod. 902-N o documento de declaración catastral que lo sustituya) ante el Centro de Gestión Catastral.Documento acreditativo de la propiedad del inmueble o del contrato de alquiler del mismo (En caso que no se corresponda el titular de la solicitud con el titular del recibo de IBI)Fotografía de la puerta de acceso al local, o del lugar donde se quiera instalar el vado.Fotocopia de la licencia de primera ocupación, para edificios o viviendas de reciente construcción.En su caso, fotocopia de la licencia de actividad o instalación, por lo que respecta a actividades mercantiles, industriales, comerciales o de servicios, en la que se contemple expresamente la reserva de estacionamiento y fotocopia del Impuesto de Actividades económica correspondiente a dicho local.Proyecto técnico donde se justifica que el local cumple con las especificaciones propias respecto a la protección y extinción de incendios recorridos de evacuación y maniobra de vehículos en el recinto, señalización e iluminación, además de ventilación de estancias, además de incorporar la memoria explicativa en la que se justifica el cumplimento de la normativa vigente sobre garajes. Además el proyecto deberá contener documentación gráfica a escala 1/50 ó 1/100 en la que se represente:
Planta acotada con la superficie del local, señalando y acotando los anchos de aceras, calzada y ancho total de la calle. Plano de situación sobre el catastral o sobre el Plan General de Ordenación Urbana de Moncada. Determinación, en su caso, de los elementos ornamentales, arbolado o de mobiliario urbano que pudieran verse afectados
La Oficina de Atención al Ciudadano
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 11/1999, de 21 de abril, de Modificación de la Ley de Bases de Régimen Local.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admvo. Común.
Ley 4/1999, de 13 de enero, de Modificación Parcial de la Ley 30/92.
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE).
Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.
Plan General de Ordenación Urbana de Moncada y Ordenanzas Municipales
Ordenanza Reguladora de Vados Permanentes (BOP núm 31, de 06-02-2014)
Ordenanza Fiscal reguladora Tasa de utilización privativa y aprovechamiento especial de dominio público local por entrada de vehículos a través de las aceras (BOP núm 18, de 22-01-2014)
Información telefónica sobre el trámite en el siguiente horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, los lunes y jueves en horario de tarde de 17:00 a 19:00 horas. Del 15 de junio al 15 de septiembre, de 9:00 a 14:00 horas.
Presentación solicitud en la Oficina de Atención al Ciudadano o en cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dirección donde realizar el trámite: Oficina de Atención al Ciudadano C/Mayor, 63. C.P: 46113. Moncada (Valencia)
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, los lunes y jueves también en horario de tarde de 17:00 a 19:00 horas. Del 15 de junio al 15 de septiembre, de 9:00 a 14:00 horas.
Ayuntamiento de Moncada C/Major, 46113 Moncada - Comunidad Valenciana